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Nueva Línea de Avales del Estado, qué son y quién puede acceder a ellos

Nueva Línea de Avales del Estado qué son y quién puede acceder a ellos

Explorando la nueva línea de avales del estado: Información detallada sobre elegibilidad y acceso

El Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, entre otras medidas (algunas de ellas ya analizadas en artículos anteriores) establece la creación de una Línea Avales del Estado para empresas y autónomos que cumplan con una serie de requisitos.

En concreto, el primer tramo de la línea de avales es por importe total de 20.000 millones de euros, dividido, al mismo tiempo, en dos subtramos: uno de 10.000 millones para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y PYMES y los otros de 10.000 millones para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a sociedades que no sean PYMES.

A continuación, desde un despacho de abogados en las Rozas pasamos a analizar las principales características de esta nueva Línea de Avales del Estado, dando respuesta a las principales preguntas que a cualquier autónomo y empresa le pueden surgir al respecto.


¿Qué se busca con esta nueva Línea de Avales del Estado?

Lo que se pretende es garantizar los nuevos préstamos y renovaciones (además de otras modalidades de financiación) concedidos por las entidades financieras a las empresas y autónomos para que éstos puedan hacer frente, por ejemplo, al pago de los salarios, facturas y otras obligaciones varias.


¿Cuáles son las entidades financieras que intervienen en esta Línea?

Las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos.

Además, estas entidades, para poder intervenir, deberán estar registradas y supervisadas por el Banco de España (o por la CNMV, en los casos correspondientes) y haber suscrito con ICO un contrato marco para participar en la Línea de Avales.


¿Cómo se puede solicitar esta Línea de Avales?

Las empresas y autónomos interesados en la Línea de Avales del Estado deberán dirigirse a las entidades financieras mencionadas en el punto segundo.

La entidad financiera elegida, decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al solicitante de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.

Es aquí cuando, una vez superado ese primer control interno, las entidades financieras, podrán utilizar la Línea de Avales para avalar la operación de financiación que se le otorgará al autónomo o empresa solicitante.

como se puede solicitar esta linea de avales

En concreto, ¿Cuáles son las operaciones que se pueden avalar con esta Línea? Y, ¿Qué requisitos deben darse para beneficiarse de ellas?

Con esta Línea se podrán avalar todos aquellos nuevos préstamos (u otras modalidades de financiación) y renovaciones de antiguas operaciones concedidos a empresas y autónomos que tengan su domicilio social dentro del territorio español (independientemente de cual sea su sector de actividad) y estén sufriendo las consecuencias económicas adversas del COVID-19, siempre que:

  • Las operaciones y préstamos se hayan renovado o formalizado a partir del 18 de marzo de 2020.
  • La financiación que se avala no cancele o amortice anticipadamente dudas preexistentes.
  • Las empresas y autónomos, por su parte:
    1. No aparezcan en los ficheros de la Central de Información de Registros del Banco de España (CIRBE) a 31/12/2019 en situación de morosidad.
    2. No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha 17 de marzo de 2020, bien por haber solicitado la declaración de concurso, o por concurrir las circunstancias recogidas en el art. 2.4. de la Ley Concursal.
    3. Cuando resulte aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea: no encontrarse en situación de crisis a 31/12/2019 conforme a los criterios señalados en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

¿Durante que plazo, las entidades financieras, pueden solicitar estas garantías con cargo a la Línea de Avales?

Desde el 18 de marzo de 2020, hasta el 30 de septiembre de 2020.
No obstante, se reconoce la posibilidad de que, por acuerdo del Consejo de Ministros, se amplíe dicho plazo.


¿Cuál es el porcentaje máximo de cobertura del aval?

En el caso de las PYMES y autónomos solo avalará, ante las entidades financieras, el 80% de la operación.

En aquellos supuestos en que la empresa no tenga la consideración de PYME, el Estado sólo avalará el 70% de las nuevas operaciones y el 60% de las renovaciones.


¿Quién asumirá el coste del aval?

Las entidades financieras asumirán el coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos.


¿A qué da cobertura el aval?

El aval sólo da cobertura al principal de la operación. En consecuencia, el pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones de financiación no entrarán dentro.


¿Qué plazo de vigencia tienen estos avales?

El mismo que el de la operación de financiación, hasta un máximo de cinco años.


¿Quién fijará los tipos de interés de estos créditos avalados?

La propia entidad financiera que conceda la operación de financiación.


¿Las entidades financieras pueden recortar líneas de financiación ya existentes y beneficiarse de los avales?

No. Las entidades financieras deben mantener, como mínimo hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos sus clientes y, especialmente, a aquellos clientes con préstamos que resulten avalados.


Como se puede observar, esta nueva Línea de Avales del Estado, es una buena medida económica que beneficia tanto a los autónomos y empresas (otorgándoles liquidez para su negocio) como a las entidades financieras (concediéndole una garantía).

No obstante, aquellas empresas que ya presentaban problemas de insolvencia antes de la pandemia, al no poderse beneficiarse de esta Línea de Avales, deberán buscar otra salida rápida y eficaz. De lo contrario, abogados bancarios liquidan o declaran de concurso será la única opción que les quedará una vez superada la presente crisis sanitaria. El mismo destino les espera a aquellas sociedades ya inmersas en un procedimiento concursal.

Sea cual sea tu situación o la de tu empresa, debes reaccionar inmediatamente, cada minuto cuenta.

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